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Por Dannia Beltrán Celemin

Luego de cuatro años de efectivo funcionamiento, el pasado 28 de junio de 2022 la Comisión de la Verdad (CEV) entregó al país y a las víctimas del conflicto armado interno el Informe Final Hay futuro si hay verdad y, junto con este, un conjunto de recomendaciones para la no repetición del conflicto. Pese a que las recomendaciones no tienen un carácter de obligatorio cumplimiento ‒dada la naturaleza extrajudicial de la CEV‒ el actual Gobierno se comprometió con ellas y, en lo que va corrido de su mandato, ya se han empezado a cumplir al menos tres recomendaciones en materia de mujeres, paz y seguridad. En este artículo les contamos cuáles son esos avances y también los desafíos a pesar de lo adelantado.

Durante el evento de entrega, el recién elegido y aún no posesionado presidente de la República, Gustavo Petro, recibió el Informe Final por parte del entonces presidente de la CEV, Francisco de Roux, diciendo que “este Gobierno podrá tener un éxito, y quizás muchas de estas recomendaciones (…) podrán ser prácticas, eficaces en la historia de este pueblo colombiano, si convertimos los espacios de la verdad en espacios de reconciliación”. Este compromiso fue reiterado por el presidente Petro en su posesión como jefe de Estado el 7 de agosto de 2022.

De los once tomos que componen el Informe Final, cuatro contienen recomendaciones: en Hallazgos y recomendaciones de la Comisión de la Verdad de Colombia, tomo de síntesis. Y en Mi cuerpo es la verdad, Resistir no es aguantar y La Colombia fuera de Colombia, la CEV estableció recomendaciones para la no repetición de los hechos sufridos por las mujeres, personas LGBTIQ+, pueblos étnicos, y los y las colombianas exiliadas.

Con base en la escucha de mujeres víctimas y sus organizaciones, movimientos de mujeres y feministas, y excombatientes; en la recepción de más de 1.000 informes de instituciones públicas, organizaciones y movimientos sociales; y en la comprensión del entramado del conflicto armado, la Comisión de la Verdad elaboró dentro del tomo Mi cuerpo es la verdad doce recomendaciones para la no repetición de los hechos sufridos por las mujeres en el conflicto armado.

*Foto por María Paula Durán

Formulación de un Plan Nacional de Acción de la Resolución 1325

La Comisión de la Verdad recomendó construir un Plan Nacional de Acción de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que debe completar compromisos existentes y definir responsabilidades en materia de acciones, recursos y sistemas de monitoreo a los avances en su implementación. El Plan también debe estar articulado con otras agendas de género regionales e internacionales relacionadas con el empoderamiento económico de las mujeres, y su acceso a la educación y a los derechos sexuales y reproductivos. A 28 de diciembre de 2022, tras seis meses de la entrega del Informe Final, se contaba con una hoja de ruta para la construcción del Plan Nacional de Acción.

Tras un proceso de incidencia y concertación de las organizaciones sociales de mujeres y feministas con el Gobierno Nacional, el pasado 24 de octubre de 2022 la viceministra de asuntos multilaterales, Laura Gil, junto con la consejera presidencial para la equidad de la mujer, Clemencia Carabalí, anunció oficialmente en Quibdó el inicio del proceso de construcción del Plan y la ruta que se seguirá:

i) Se creará un grupo interinstitucional de entidades del Gobierno Nacional, representantes del Congreso de la República y delegados de la Rama Judicial; ii) convocará a la Mesa de Género de la Cooperación Internacional (MGCI) en Colombia con el apoyo de la Embajada de Noruega y ONU Mujeres; iii) habrá un proceso de pedagogía al interior del Gobierno Nacional y con organizaciones de mujeres del país; iv) realizará un foro nacional, cinco foros regionales, y diálogos sectoriales y poblacionales; v) y concertará el Plan Nacional de Acción con las organizaciones de mujeres.

El Plan se construirá partiendo del trabajo histórico que las organizaciones de mujeres han realizado en Colombia en paz y seguridad; en particular, del proceso iniciado a finales de 2020 por la Alianza 1325: Mujeres, Paz y Seguridad que hoy cuenta con la participación de 14 organizaciones de mujeres.

El Plan, asimismo, se construirá reconociendo los roles de las mujeres rurales, indígenas, afrodescendientes y LBTI en la construcción paz; tendrá un enfoque territorial, étnico, etario e interseccional; y será presentado en el 78° Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en septiembre de 2023.

Conpes para la paz

La Comisión de la Verdad aconsejó construir un documento Conpes en el que se den lineamientos técnicos para la implementación de una política pública para la paz que tenga carácter interseccional, y que materialice los derechos humanos de las mujeres étnica, cultural y territorialmente diversas. Si bien no hay aún un Conpes, el presidente de la República ya sancionó la Ley 2272 de 2022, por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997 de Orden Público y se define la política de paz como una política de Estado.

Esta ley define la seguridad humana y la paz total, dos conceptos estructuradores de la apuesta de paz del Gobierno. Respecto del primero, la ley define que el Estado garantizará la seguridad humana con enfoque de derechos humanos, diferencial, de género, étnico, cultural, territorial para la construcción de la paz total. Para ello, el Estado promoverá respuestas centradas en las personas y las comunidades, de acuerdo con sus contextos, y orientadas a la prevención y protección, en especial de las víctimas de la violencia. El Estado, asimismo, reconocerá en la seguridad humana la interrelación entre los derechos humanos, el desarrollo y la paz.

En cuanto a la paz total, la ley define que esta será una política de Estado relativa tanto a los acuerdos de paz ya firmados y a los que se llegaren a pactar, como a los procesos de paz en curso y a los procesos dirigidos al sometimiento y desmantelamiento de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto. En ese sentido, el Estado vinculará a las autoridades de todas las ramas y niveles del poder público, quienes deberán orientar sus acciones para la implementación de la paz total. Los gobiernos –al igual que con la seguridad humana– deberán garantizar los enfoques de derechos humanos, diferencial, étnico, cultural, territorial e interseccional en la construcción de políticas públicas de paz.

Cabe resaltar que, dentro de los mecanismos para la paz total, la Ley 2272/22 incorpora a la Ley 418/97 un nuevo artículo, concerniente a la participación de las mujeres en los procesos de paz y a la transversalización del enfoque de género en los acuerdos resultantes:

En los procesos de paz y en cada una de sus etapas se garantizará la participación efectiva de las mujeres y de la sociedad civil, la reparación y los demás derechos de las víctimas, enfoque étnico, participativo, de género, ambiental, de libertad religiosa y diferencial, así como el principio de centralidad de las víctimas, serán transversales a los acuerdos.

El enfoque de la Paz Total es tal vez la apuesta como el desafío más importante del presidente Petro, pues al definirla como política de Estado compromete a los gobiernos futuros, involucra a todas las ramas del poder público y entidades territoriales, y compete a la ciudadanía. Para lograrlo es necesario que se incorporen nuevas miradas, en especial las de las mujeres. Sus perspectivas aportarán a identificar las reconfiguraciones y los entramados del conflicto, actores, intereses y relaciones, con las necesidades de la población y los vacíos institucionales en las áreas urbanas y rurales.

Las miradas de las mujeres aportarán, además, al diseño de alternativas que permitirán avanzar en los dos tipos de procesos que podrán tener los gobiernos: i) las “negociaciones con grupos armados organizados al margen de la ley con los que se adelanten diálogos de carácter político, en los que se pacten acuerdos de paz”; y ii) los “acercamientos y conversaciones con grupos armados organizados o estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, con el fin de lograr su sometimiento a la justicia y desmantelamiento”.

Ciertamente, para que la Paz Total tenga carácter interseccional y materialice los derechos de las mujeres en su diversidad, el Gabinete ministerial deberá avanzar en definir los componentes de la política pública de paz que sean de su competencia y las acciones con las que garantizará los derechos de las mujeres. Así como para el cumplimiento de los acuerdos de paz pactados y que llegaren a pactarse, el Gobierno Nacional deberá garantizar partidas presupuestales para la implementación territorial de planes, programas y proyectos que cumplan con los acuerdos y las medidas de género en estos, aun cuando las partidas estén sujetas a la disponibilidad presupuestal de las entidades territoriales.

Reformas a los sectores de seguridad y justicia

La Comisión de la Verdad aconsejó reformar los sectores de seguridad y justicia para garantizar la vida, la integridad y la protección de las niñas, mujeres, víctimas y lideresas sociales en los territorios. Para ello, la Comisión recogió 14 recomendaciones para reformar dichos sistemas. En una de ellas exhortó a fortalecer los enfoques diferencial y de género en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), durante todas las etapas procesales, para que se garantice el acceso a la justicia para las mujeres víctimas del conflicto armado. Asimismo, instó a esta jurisdicción a abordar e investigar los casos de violencias sexuales y reproductivas y otros delitos relacionados con la sexualidad y la pertenencia étnica-racial de las víctimas; y a abrir un caso nacional que arroje sanciones contra los responsables, y active mecanismos de verdad y justicia, así como reparaciones que se correspondan con los daños causados a las víctimas.

A corte 28 de diciembre de 2022 se contaba con la apertura de la etapa de agrupación y concentración del macrocaso No. 11 sobre violencia sexual, violencia reproductiva y otros crímenes por prejuicio, odio y discriminación de género, sexo, identidad y orientación diversas.

En enero de 2022 la JEP informó el inicio de una nueva fase de priorización. La propuesta de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, para entonces, fue la apertura de tres macrocasos. A saber, uno que prioriza por víctima y que corresponde a Pueblos Étnicos y sus territorios (Caso 09); y dos por el tipo de actor armado, Fuerza Pública y paramilitares (Caso 08) y FARC-EP (Caso 10).

Las organizaciones sociales defensoras de los derechos humanos de las mujeres y personas LGBTIQ observaron que esta respuesta de la Jurisdicción Especial para la Paz negaba la necesidad de un caso por violencia sexual, aun cuando dentro de cada caso se proponía investigar la violencia sexual y la violencia basada en género. Las organizaciones sociales continuaron presentando argumentos y llamados de atención a la JEP, hasta que la jurisdicción, reconociendo la reiteración de las demandas de investigación y justicia, las escuchó.

El pasado 11 de julio de 2022, la Sala de Reconocimiento abrió la “etapa de agrupación y concentración de un Macrocaso No. 11 sobre violencia sexual, violencia reproductiva y otros crímenes cometidos por prejuicio, odio y discriminación de género, sexo, identidad y orientación sexual diversa en el conflicto armado”. En el Auto No. 103 de 2022, la Sala señala que en los siete macrocasos que ya se habían abierto se identificó que la violencia sexual y basada en género se cometió dentro de los patrones de macrocriminalidad, en particular, contra personas cautivas (Caso 01), contra niños, niñas y adolescentes reclutados (Caso 07), y en el marco de patrones de control territorial en Nariño, Urabá, Cauca y Valle del Cauca (Casos 02, 04 y 05).

El Auto también señala que, de modo similar, en la etapa de concentración de los macrocasos 08, 09 y 10 se reveló el uso de la violencia sexual dentro del repertorio de macrocriminalidad de los patrones ya identificados. Además, en la etapa de concentración de estos tres macrocasos, la Sala de Reconocimiento:

[I]dentificó patrones de hechos de violencia sexual y basada en género, no sólo con motivaciones contrainsurgentes, de control social y territorial insurgente, o de discriminación étnico racial, (violencia sexual “como arma de guerra”), sino también asociadas al odio y prejuicio contra las mujeres y personas con OSIEGD, al ejercicio del poder y la dominación contra mujeres y niñas halladas solas en sus casas, en caminos, ríos o parajes y violadas o sometidas a otras formas de abusos sexuales, dentro o en las inmediaciones de instalaciones o campamentos militares, además de violencia sexual contra mayores de edad por parte de sus compañeros o superiores intrafilas.

Por ello, la Sala de Reconocimiento sustenta en el Auto 103/22 la necesidad de un macrocaso sobre violencia sexual y otras violencias por discriminación de género y acoge las afirmaciones y argumentos de las organizaciones de la sociedad civil respecto de las características de estos crímenes, su relación con un sistema de dominación de género, y la forma habitual y extendida de comisión de estos crímenes por partes de todos los actores armados.

Respecto de lo que falta para la apertura del macrocaso, la Sala de Reconocimiento estableció en el Auto 103/22 que se requería contar con elementos que permitieran, primero, reconocer los hechos y patrones a investigar; y segundo, ampliar la Sala para que una magistrada o magistrado pueda asumir la dirección del caso. Sobre los primeros, el Grupo de Análisis de la Información (GRAI) debió presentar a la Sala tres elementos: i) un universo provisional de hechos, ii) una propuesta de patrones de hechos con base en el análisis narrativo de los informes, y iii) una identificación preliminar de los posibles responsables. El GRAI ha informado que este trabajo está cerca de finalizar. En relación con la integración de una magistrada/o adicional a la Sala, tras cinco meses de expedición del Auto no se conoce ningún avance al respecto, pese a ser un asunto que puede convertirse en un obstáculo para la formalización de la apertura del caso.

Con el caso 11 la JEP tiene por tarea, además, la revisión y ajuste de las metodologías utilizadas a la fecha para el esclarecimiento de los crímenes, a modo de fortalecer el enfoque de género e interseccional en todas las etapas procesales para garantizar el acceso a la justicia para las mujeres víctimas. Esta revisión y ajuste deben:

i) Brindar una respuesta a la práctica extendida de negación de la violencia sexual por parte de los comparecientes; ii) utilizar formas de recolección de pruebas que no centren en la víctima la responsabilidad de establecer los hechos (circunstancia de modo, tiempo y lugar), e identificar con total claridad a los responsables; iii) dar un valor probatorio relevante a los testimonios de las víctimas y a los elementos contextuales que develen y den cuenta de la discriminación de género y la violencia contra las mujeres y las personas LGBTIQ; y iv) analizar los conceptos “patrón”, “práctica” y “política” a la luz la concentración de los hechos.

Desafíos de la implementación de las recomendaciones para la no repetición

Desde nuestra perspectiva, el gran desafío para implementar “a rajatabla” el Acuerdo Final de Paz (AFP) y las recomendaciones del Informe Final de la CEV es velar porque la puesta en marcha de las recomendaciones sea integral y articulada a la arquitectura institucional y a instrumentos existentes, en especial los del AFP, de modo que la implementación se acelere durante el actual Gobierno y los siguientes.

Por otro lado, el Decreto Ley 588 de 2017 dispuso la creación de un Comité de Seguimiento y Monitoreo a la implementación de las recomendaciones para la no repetición de la CEV, el cual entró en funcionamiento una vez se presentó el Informe Final. Este Comité debe cuidarse de no convertirse en una “segunda” Comisión de la Verdad, ni en el responsable de la implementación de las recomendaciones. Los principales receptores del Informe Final y el Legado de la CEV son el Estado y la sociedad en su conjunto, por lo que debe promoverse un amplio proceso de apropiación del Informe Final y sus recomendaciones, principalmente entre las víctimas y las organizaciones. 

Si bien el Comité de Seguimiento y Monitoreo puede dar unos lineamientos iniciales para la operacionalización de las recomendaciones de la CEV, su valor reside en i) la veeduría que hará a la implementación de estas; ii) la interlocución con las entidades responsables de la implementación, y con las organizaciones de víctimas y defensoras de derechos humanos; y iii) la rendición y difusión de informes con enfoque territorial, diferencial y de género sobre los avances.

El Comité debe avanzar, entonces, en definir una metodología de seguimiento y monitoreo a la implementación con un enfoque diferencial, de género y territorial, que incorpore las recomendaciones del tomo Mi cuerpo es la verdad aun cuando estas se entroncan con las del tomo de síntesis Hallazgos y recomendaciones. La Secretaría Técnica del Comité debe abordar este mismo desafío en la elaboración de los indicadores de seguimiento para verificar la implementación, para que incluyan las recomendaciones para la no repetición de los hechos sufridos por las niñas y las mujeres en el conflicto armado.

Dada la gran cantidad de recomendaciones contempladas en los informes de la Comisión de la Verdad –tan solo el tomo 2 contiene 67– uno de los mayores desafíos del Comité de Seguimiento y Monitoreo es hacer un seguimiento cualitativo que aproveche los hallazgos de la CEV, considere las experiencias de seguimiento de las organizaciones en los territorios, así como los aprendizajes del monitoreo y verificación a la implementación del AFP y el Plan Marco de Implementación (PMI). 

Referencias​

  • Redacción Colombia +20, “¿Son obligatorias las recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad?”, El Espectador, 29 de junio de 2022, https://www.elespectador.com/colombia-20/informe-final-comision-de-la-verdad/comision-de-la-verdad-recomendaciones-del-informe-final-no-son-obligatorias-para-el-estado/#
  • Comisión de la Verdad, “Acto público de presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad”, Comisión de la Verdad, 28 de junio de 2022, https://www.youtube.com/watch?v=2Ap2gWBIeT0&ab_channel=Comisi%C3%B3ndelaVerdad

  • Ministerio de Relaciones Exteriores, “Palabras del Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, al tomar posesión como Jefe de Estado”, Ministerio de Relaciones Exteriores, 07 de agosto de 2022, https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/palabras-presidente-republica-gustavo-petro-urrego-tomar-posesion-jefe-estado 

  • Los once tomos que componen el Informe Final Hay futuro si hay verdad son: Tomo 1. Convocatoria a la Paz Grande. Declaración de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; Tomo 2. Hallazgos y recomendaciones de la Comisión de la Verdad de Colombia; Tomo 3. No matarás: relato histórico del conflicto armado interno en Colombia; Tomo 4. Hasta la guerra tiene límites: violaciones de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario y responsabilidades colectivas; Tomo 5. Sufrir la guerra y rehacer la vida: impactos, afrontamientos y resistencias; Tomo 6. Cuando los pájaros no cantaban: historias del conflicto armado en Colombia, tomo testimonial; Tomo 7. Mi cuerpo es la verdad: experiencias de mujeres y personas LGBTIQ+ en el conflicto armado; Tomo 8. No es un mal menor: niñas, niños y adolescentes en el conflicto armado; Tomo 9. Resistir no es aguantar: violencias y daños contra los pueblos étnicos de Colombia; Tomo 9. Resistir no es aguantar: violencias y daños contra los pueblos étnicos de Colombia; Tomo 10. La Colombia fuera de Colombia: las verdades del exilio; y Tomo 11. Colombia adentro: relatos territoriales sobre el conflicto armado. Este último tomo se organiza en catorce volúmenes: vol. 1. Ensayo introductorio; vol. 2. Amazonía; vol. 3. Antioquia, Sur de Córdoba y Bajo Atrato Chocoano; vol. 4. Caribe; vol. 5. Eje Cafetero; vol. 6. Frontera nororiental; vol. 7. Magdalena Medio; vol. 8. Nariño y Sur de Cauca; vol. 9. Orinoquía; vol. 10. Pacífico; vol. 11. Región Centro; vol. 12. Valle y Norte del Cauca; vol. 13. Dinámicas urbanas de la guerra; y vol. 14. El campesinado y la guerra.

  • Comisión de la Verdad, Tomo 2. Hallazgos y recomendaciones (Bogotá D.C.: 2022).

  • Comisión de la Verdad, Tomo 7. Mi cuerpo es la verdad: experiencia de mujeres y personas LGBTIQ+ en el conflicto armado (Bogotá D.C.: 2022).

  • Comisión de la Verdad, Tomo 9. Resistir no es aguantar: violencias y daños contra los pueblos étnicos de Colombia (Bogotá D.C.: 2022).

  • Comisión de la Verdad, Tomo 10. La Colombia fuera de Colombia: las verdades del exilio (Bogotá D.C.: 2022).

  • Comisión de la Verdad, Tomo 7. Mi cuerpo es la verdad (Bogotá D.C.: 2022), 319.

  • Ministerio de Relaciones Exteriores, “A partir de este momento, iniciamos proceso de diseño del primer Plan de Acción Nacional de la resolución 1325 sobre mujeres, paz y seguridad”: Viceministra Laura Gil desde Quibdó – Chocó”, Ministerio de Relaciones Exteriores, 24 de octubre de 2022, https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/partir-momento-iniciamos-proceso-diseno-primer-plan-accion-nacional-resolucion-1325#:~:text=La%20primera%20es%20la%20Resoluci%C3%B3n,sexual%20en%20situaciones%20de%20conflicto
  • La Alianza 1325: Mujeres, Paz y Seguridad es una alianza en la que confluyen 14 organizaciones de mujeres y feministas de Colombia, incluida la Corporación Humanas.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores, “A partir de este momento, iniciamos proceso de diseño del primer Plan de Acción Nacional de la resolución 1325 sobre mujeres, paz y seguridad”: Viceministra Laura Gil desde Quibdó – Chocó”, Ministerio de Relaciones Exteriores, 24 de octubre de 2022, https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/partir-momento-iniciamos-proceso-diseno-primer-plan-accion-nacional-resolucion-1325#:~:text=La%20primera%20es%20la%20Resoluci%C3%B3n,sexual%20en%20situaciones%20de%20conflicto.

  • Comisión de la Verdad, Tomo 7. Mi cuerpo es la verdad (Bogotá D.C.: 2022), 320.

  • Congreso de la República, Ley N°2272 del 4 de noviembre de 2022 “Por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada, modificada y adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014 y 1941 de 2018, se define la política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz, y se dictan otras disposiciones” (Bogotá D.C.: 2022).

  • Congreso de la República, Ley N°2272 del 4 de noviembre de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), artículo 2°.

  • Congreso de la República, Ley N°2272 del 4 de noviembre de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), artículo 2°.
  • Congreso de la República, Ley N°2272 del 4 de noviembre de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), artículo 8°.

  • Congreso de la República, Ley N°2272 del 4 de noviembre de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), artículo 2°.

  • Comisión de la Verdad, Tomo 7. Mi cuerpo es la verdad (Bogotá D.C.: 2022), 324. 

  • Adriana Benjumea Rúa y Viviana Rodríguez, “Macrocaso 11: Un punto de inflexión”, Boletín Paz con Mujeres, (diciembre de 2022): 3, https://humanas.org.co/pazconmujeres/wp-content/uploads/2022/12/BOLETI%CC%81N-PAZ-CON-MUJERES-DICIEMBRE-2022.pdf

  • Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, Auto No. 103 de 2022 (Bogotá D.C.: 2022).

  • Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, Auto No. 103 de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), párrafo 30.
  • Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, Jurisdicción Especial para la Paz, Auto No. 103 de 2022 (Bogotá D.C.: 2022), párrafo 31.

  •  Adriana Benjumea Rúa y Viviana Rodríguez, “Macrocaso 11: Un punto de inflexión”, Boletín Paz con Mujeres, (diciembre de 2022), 4.

  • Adriana Benjumea Rúa y Viviana Rodríguez, “Macrocaso 11: Un punto de inflexión”, Boletín Paz con Mujeres, (diciembre de 2022), 6.

  •  Adriana Benjumea Rúa y Viviana Rodríguez, “Macrocaso 11: Un punto de inflexión”, Boletín Paz con Mujeres, (diciembre de 2022), 6.

  • Adriana Benjumea Rúa y Viviana Rodríguez, “Macrocaso 11: Un punto de inflexión”, Boletín Paz con Mujeres, (diciembre de 2022), 7.

  • Comisión de la Verdad, Resolución No. 019 de 2022. “Por la cual se reglamenta el procedimiento para la composición, funcionamiento, mecanismo de selección y duración del Comité de Seguimiento y Monitoreo a la implementación de las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición de que trata el artículo 32 del Decreto Ley 588 de 2017 (Bogotá D.C.: 2022), artículo 8.

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